jueves, 3 de diciembre de 2009

MODELO COLOMBIANO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

La reforma de la seguridad social colombiana, iniciada a raíz de la expedición de la Ley 100 de 1993 y que se encuentra en proceso de implantación, no contiene un modelo propio sino la transcripción del modelo chileno y está inspirada por los mismos principios, pero directamente orientada a la sustitución de los esquemas de asistencia pública, previsión social y seguros sociales obligatoria que vino desarrollando el país durante las ultimas cinco décadas.

Con el fin de mejorar los niveles de cobertura de la seguridad social, eliminar las inequidades resultantes del heterogéneo sistema desarrollado en más de medio siglo, tratar de solucionar los problemas de desfinanciación de las instituciones e incorporar elementos para hacer eficiente la prestación de los servicios y beneficios de la seguridad social, con la expedición de la reforma de la seguridad social se plantea la construcción de un sistema de seguridad social integral, dentro del cual se orienten, coordinen y desarrollen las actividades de seguridad social, cuyas características básicas podrían resumirse en la siguiente forma:

1.Lograr la cobertura universal en forma progresiva, tanto para la población trabajadora y su familia, a través del aseguramiento obligatorio, como para el resto de la población por medio de subsidios.
2.Unificar los regímenes para hacer más racional y equitativo el sistema en el cubrimiento de las contingencias que afectan la salud y la perdida de ingreso.
3.Adoptar un sistema mixto de financiación de tipo contributivo para las personas con recursos, y de carácter subsidiado para los grupos más vulnerables de la población a través de la solidaridad general y del sector productivo.
4.Incorporar elementos de eficiencia en la administración de los servicios y beneficios de la seguridad social, como la libertad de elección, la libre competencia y los estándares mínimos de calidad.
5.La creación de una cultura del seguro, del ahorro, de la prevención, del autocuidado, de la responsabilidad personal, etc., que redunden en la mejor utilización de los recursos de la seguridad social.
6.Reconocer y auspiciar la participación del sector privado y público en la gestión de la seguridad social, bajo la orientación y control del Estado.
7.Tratar de desligar el desarrollo de la seguridad social de la relación laboral que vincule a los trabajadores dependientes de un empleador, con base en los nuevos postulados de la Constitución Política de 1991:
…derecho irrenunciable a la seguridad social para todas las personas; carácter de servicio publico obligatorio, protección especial de los recursos de la seguridad social y deber de considerar la salud.

La incorporación del elemento animo de lucro en el desarrollo de las actividades de la seguridad social y las medidas que trataron de liberar al Estado de responsabilidades en materia de salud publica y con los grupos más desprotegidos de la población, han tenido efectos negativos en los desarrollos de la seguridad social.

Por ultimo, con la expedición de la Ley 789 de 2002, en la cual se crea el Sistema de Protección Social, se complementa el sistema de seguridad social integral de tipo contributivo, basado en el aseguramiento de la población en función de los recursos que cada individuo pueda aportar a la seguridad social o en los subsidios que se puedan otorgar a las personas según sus necesidades, con otro de tipo distributivo denominado de asistencia social, que incorpora los subsistemas del subsidio familiar, subsidio al desempleo y protección al desempleo, subsidios al adulto mayor, el Servicio Nacional de Aprendizaje, el Sistema Nacional de Prevención y atención de desastres y el Sistema Nacional de Información y Atención a la población Desplazada con programas que hacen parte de la llamada acción social, antigua Red de Solidaridad, para atender a grupos de población vulnerable.

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